I

Disposiciones generales

1.4. Marco normativo aplicable

La Política se rige por la Constitución Política de la República de Colombia, en especial por las disposiciones relacionadas con el derecho fundamental al habeas data, la intimidad, el buen nombre y la protección de los datos personales.

Asimismo, el tratamiento de datos personales realizado por CETI se sujetará a las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012, el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, la Ley 1266 de 2008, cuando resulte aplicable, la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) respecto del tratamiento de datos de niños, niñas y adolescentes, así como a las demás leyes, decretos, reglamentos, circulares y demás normas que las modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten.

Igualmente, CETI observará los lineamientos, guías y criterios emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como autoridad nacional de protección de datos personales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras autoridades conforme a la legislación vigente.

Cuando la prestación de un servicio implique el tratamiento de datos personales sujetos a normativas extranjeras o internacionales, CETI procurará adoptar las medidas razonables para cumplir las obligaciones que resulten aplicables, siempre que ello sea compatible con la legislación colombiana y con la naturaleza del servicio correspondiente.